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RESOLUCIÓN Nº 71/2009 COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
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TRABAJO
AVICOLA
RESOLUCION 59/2009
BUENOSAIRES, 27 de Octubre de 2009
VISTO, el expediente N° 1.349.482/09 del registro del MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acta Acuerdo de fecha 14 de septiembre de 2009
celebrada entre la entidad sindical U.A.T.R.E. y la entidad empresaria
C.A.P.I.A, se propone incrementar a partir del dia 1° de octubre de
2009, del 1° de diciembre de 2009 y del 1° de febrero de 2010, los
salarios establecidos en la Resolucidn de la Comisidn Nacional de
Trabajo Agrano N° 17 de fecha 20 de febrero de 2009, para el Personal
de Produccion, Mantenimiento, Gestidn, Plantas de Incubacidn, de
Moledora, de Revisacidn, de Clasificado y Procesado de Huevos.
Que dada la complejidad que observa en la actualidad el desarrollo de
la actividad avicola, se debe tener especial atencidn que, cuando la
misma se desarrolla en granjas o en establecimientos rurales en todo el
territorio Nacional se
rige por el Regimen Nacional del Trabajo Agrano anexo a la Ley 22.248
en concordancia con el articulo 2 del mencionado Regimen.
Que cuando la actividad avicola se realiza en establecimientos
industriales se rige por los Convenios Colectivos de Trabajo celebrados
para dicha actividad.
Que las categonas que la presente aprueba no son las mismas que las
reguladas por los Convenios Colectivos de Trabajo en vigencia para la
actividad
Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las
representaciones sectonales en cuanto a la pertinencia de los valores y
del incremento en las remuneraciones para la actividad, debe procederse
a su
determinación.
Que asimismo, deciden instaurar una Cuota Aporte de Solidaridad Gremial
aplicable sobre el total de las remuneraciones de los
trabajadores que se desempenan en al marco de la presente actividad, y
determinar su plazo de vigencia, limites de aplicacidn y modo de
percepcidn por la entidad sindical signataria.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el articulo 86 del Regimen Nacional de Trabajo Agrario,
aprobado por la Ley 22.248, y el Decreto Reglamentario N° 563 de fecha
24 de marzo de 1981 y sus modificatorios.
Por ello,
LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Fijanse las remuneraciones para el personal que se
desempena en tareas AVICOLAS en el imbito todo el Pais, en las tareas
de Produccion, Mantenimiento, Gestión, Plantas de Incubación, Moledora,
Revisación, Clasificado y Procesado de Huevos, con la exclusión de las
actividades que se realizan en Establecimientos Industriales, en las
condiciones que se consignan en los Anexos I, II y III que forman parte
integrante de la presente Resolución.
ARTICULO 2°.- Las remuneraciones consignadas en los Anexos I, II y III
de la presente Resolucidn tendrin vigencia a partir del 1° de octubre
de 2009, del 1° de diciembre de 2009 y del 1° de febrero de 2010
respectivamente.
ARTICULO 3°.- Los empleadores actuarin como Agentes de Retencidn de la
cuota aporte de solidaridad de todo el personal comprendido en la
presente Resolución, que será del DOS POR CIENTO (2 %) mensual sobre el
total de las remuneraciones devengadas de dicho personal, con excepcidn
de los afiliados a la asociacidn sindical signataria de la presente, a
quienes se declara exentos del pago de la cuota solidaria referida. Los
montos retenidos en tal concepto serán depositados hasta el dia 15 de
cada mes en la Cta. de la UATRE Nro. 26-026/48 del Banco Nación
Argentina. Se deja constancia que la presente cuota solidaria no
corresponde superponeria con la establecida para los trabajadores
permanentes comprendidos en la Resolucidn CNTA N° 43 de fecha 22 de
agosto de 2008, y que
por ello no deberin efectuarse descuentos por este concepto si se ha
efectuado la deduccidn por aquella otra.-
ARTICULO 4°.- Registrese, comuniquese, publiquese, dese la Dirección
Nacional
ANEXO I
PARA EL PERSONAL DE PRODUCCION. MANTENIMIENTO. GESTION. PLANTAS DE
INCUBACION. DE MOLEDORA. DE REVISACION. DE CLASIFICADO Y PROCESADO DE
HUEVOS CON EXCLUSION DE LAS ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN EN
ESTABLECIMIENTOS
INDUSTRIALES.
Vigencia: A partir del 1°de octubre de 2009
|
MENSUAL |
JORNAL |
| Peon Avicola |
|
|
| Trabajador no calificado |
$1.650,00 |
$71,74 |
| Trabajador semi-calificado |
$1.686,16 |
$73,31 |
| Trabajador calificado |
$1.722,33 |
$74,88 |
| Personal de Transporte |
|
|
| Trabajador no calificado |
$1.794,65 |
$78,03 |
| Trabajador semi-calificado |
$1.805,96 |
$78.52 |
| Trabajador calificado |
$1.889,59 |
$82,16 |
| Personal Jerarquico |
|
|
| Encargado |
$1.952,88 |
$84,91 |
| Capataces |
$2.047,82 |
$89,04 |
Zonificacion zona desfavorable (Art, N° 30)
1) Provincias de Rio Negro y Neuquen 10 %
2) Provincias de Chubut, Santa Cmz y Tierra del Fuego 20 %
ANEXO II
PARA EL PERSONAL DE PRODUCCION. MANTENIMIENTO. GESTION. PLANTAS DE
INCUBACION. DE MOLEDORA. DE REVISACION. DE CLASIFICADO Y PROCESADO DE
HUEVOS CON EXCLUSION DE U\S ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN EN
ESTABLECIMIENTOS
INDUSTRIALES.
Vigencia: A partir del 1 ° de diciembre de 2009
|
MENSUAL |
JORNAL |
| Peon Avicola |
|
|
| Trabajador no calificado |
$1.740,00 |
$75,65 |
| Trabajador semi-calificado |
$1.778,13 |
$77,31 |
| Trabajador calificado |
$1.816,27 |
$78,97 |
| Personal de Transporte |
|
|
| Trabajador no calificado |
$1.892,54 |
$82,28 |
| Trabajador semi-calificado |
$1.904,46 |
$82,80 |
| Trabajador calificado |
$1.992,66 |
$86,64 |
| Personal Jerarquico |
|
|
| Encargado |
$2.059,40 |
$89,54 |
| Capataces |
$2.159,51 |
$93,89 |
Zonificacion zona desfavorable (Art, N° 30)
1) Provincias de Rio Negro y Neuquen 10 %
2) Provincias de Chubut, Santa Cmz y Tierra del Fuego 20 %
ANEXO III
PARA EL PERSONAL DE PRODUCCION. MANTENIMIENTO. GESTION. PLANTAS DE
INCUBACIQN. DE MOLEDORA. DE REVISACION. DE CLASIFICADO Y PROCESADO DE
HUEVOS CON EXCLUSION DE LAS ACTIVIDADES QUE SE REALIZAN EN
ESTABLECIMIENTOS
INDUSTRIALES.
Vigencia: A partir del 1°de febrero de 2010
|
MENSUAL |
JORNAL |
| Peon Avicola |
|
|
| Trabajador no calificado |
$1.815,00 |
$78,91 |
| Trabajador semi-calificado |
$1.854,77 |
$80,64 |
| Trabajador calificado |
$1.894,56 |
$82,37 |
| Personal de Transporte |
|
|
| Trabajador no calificado |
$1.974,12 |
$85,83 |
| Trabajador semi-calificado |
$1.986,55 |
$86,37 |
| Trabajador calificado |
$2.078,55 |
$90,37 |
| Personal Jerarquico |
|
|
| Encargado |
$2.148,17 |
$93,40 |
| Capataces |
$2.252,60 |
$97,94 |
Zonificacion zona desfavorable (Art, N° 30)
1) Provincias de Rio Negro y Neuquen 10 %
2) Provincias de Chubut, Santa Cmz y Tierra del Fuego 20 %
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